Acreditación a Catedrática/o de Universidad con ayudas ATRAE de las convocatorias 2023 y 2024 Seguir
Las/os investigadoras/es con ayudas ATRAE de las convocatorias 2023 y 2024 de la Agencia Estatal de Investigación, que han desarrollado principalmente su carrera en una universidad extranjera o en una institución no universitaria dedicada a la investigación, podrán conseguir la acreditación a Catedrática/o de Universidad de acuerdo con el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por una doble vía.
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Acreditación basada en la evaluación del Curriculum Vitae de la persona solicitante, que debe contener méritos de investigación, docencia y liderazgo suficientes, de acuerdo con el Procedimiento y los Criterios de evaluación aprobados por la Dirección de ANECA en marzo de 2024. La interpretación de ANECA será comunicada a las comisiones de acreditación, para su aplicación en la evaluación de las solicitudes presentadas.
ANECA interpreta que, conforme con el documento de Criterios de evaluación, se trata de convocatorias competitivas individuales internacionales de prestigio y tasa de concesión comparables a los programas del Consejo Europeo de Investigación (ERC), pues la tasa de éxito fue de un 13,8 %.
En consecuencia, tendrán reconocidos automáticamente los méritos suficientes de investigación y transferencia e intercambio de conocimiento para la acreditación a Catedrático/a de Universidad.
En cuanto a los méritos de docencia, no será preciso cumplir con el conjunto de los méritos y competencias de actividad docente. Esto significa, también de acuerdo con la interpretación de los Criterios de evaluación fijada por la Dirección de ANECA, que las personas solicitantes que hubieran desarrollado más de la mitad de su carrera en una universidad extranjera o en una institución no universitaria dedicada a la investigación podrán obtener la acreditación justificando, respectivamente, solo el encargo docente desempeñado o bien actividades docentes de tutorización y dirección de trabajos de investigación.
Deberán justificarse suficientes méritos de liderazgo, y en particular el mínimo obligatorio de dirección de tesis doctorales o de trabajos fin de máster (ver detalles en el documento de Criterios de evaluación).
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Acreditación por reconocimiento de posición comparable a Catedrática/o de Universidad en una universidad de la Unión Europea, en aplicación de la Orden CNU/1385/2024, de 3 de diciembre, por la que se regula el procedimiento específico para reconocer como acreditado al profesorado de las universidades de Estados Miembros de la Unión Europea.
Para obtener el reconocimiento como profesorado acreditado por este procedimiento simplificado, las personas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Deberán formar parte del profesorado de una universidad de un Estado miembro de la Unión Europea con categoría comparable a la de Catedrática o Catedrático de Universidad, y tener asignadas unas competencias análogas a las atribuidas, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y su normativa de desarrollo, a alguna de estas figuras. Será necesario presentar la certificación documental de la posición de profesorado que la persona solicitante ha alcanzado en la universidad de origen (véase el modelo en el anexo de la Orden Ministerial).
- Además, la posición alcanzada debe suponer un vínculo estable para la persona que la ocupa con la universidad o con el Estado del que ésta dependa.
- Será requisito para obtener la certificación estar en posesión del título de Doctora o Doctor en el momento de acceder a la posición comparable en el Estado miembro de la Unión Europea de que se trate.
- La persona solicitante debe tener la posición comparable en el momento de presentar la solicitud o haberla tenido hasta, como máximo, un año antes de la presentación de la solicitud. Podrán tramitarse a la vez dos solicitudes, porque los méritos que deben acreditarse son distintos, si bien solo se podrá conseguir la acreditación por una de estas dos vías. Las personas interesadas, si no lo hubieran hecho ya, deberían presentar su solicitud lo antes posible en la sede electrónica de ANECA.
Podrán tramitarse a la vez dos solicitudes, porque los méritos que deben acreditarse son distintos, si bien solo se podrá conseguir la acreditación por una de estas dos vías. Las personas interesadas, si no lo hubieran hecho ya, deberían presentar su solicitud lo antes posible en la sede electrónica de ANECA.