Puntuación de informes DOCENTIA para justificar la calidad e innovación de la docencia Seguir
En el apartado 2.2 del documento de criterios de acreditación, consta que las personas solicitantes pueden justificar la calidad de su actividad docente con los resultados obtenidos en programas de evaluación de docencia certificados o en proceso de implantación conforme al Programa DOCENTIA (o programas análogos de las agencias que forman parte de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria, REACU). En ese caso, las personas solicitantes podrán elegir que la evaluación de este apartado sea realizada de forma global teniendo en cuenta lo siguiente para evaluaciones que abarquen al menos 4 años en el caso de Profesora o Profesor Titular de Universidad (PTU) y 10 años en el caso de Catedrática o Catedrático de Universidad (CU):
- Una calificación promedio de suficiente en el programa DOCENTIA corresponderá a una valoración de 15 puntos para el apartado 2.2.
- Una calificación de excelente (siempre que la tasa de rechazo sea superior al 90% entre las personas participantes en cada convocatoria) será valorada con 40 puntos para el apartado 2.2.
- Las valoraciones para calificaciones intermedias se computarán de forma directamente proporcional.
En desarrollo de esa previsión, las comisiones de acreditación aplicarán la siguiente tabla para evaluaciones que abarquen al menos 4 años en el caso de PTU y 10 años en el caso de CU:
- 40 puntos si la nota es Excelente y el modelo tiene capacidad de discriminación (tasa de rechazo superior al 90%)
- 30 puntos si la nota es Excelente y el modelo no tiene capacidad de discriminación
- 30 puntos si la nota es Notable y el modelo tiene capacidad de discriminación
- 25 puntos si la nota es Notable y el modelo no tiene capacidad de discriminación
- 20 puntos si la nota es Aprobado y el modelo tiene capacidad de discriminación
- 15 puntos si la nota es Aprobado y el modelo no tiene capacidad de discriminación
En los casos en que se sumen informes DOCENTIA con distintas calificaciones, que abarquen 4 o 10 años, respectivamente, se hará la media correspondiente.
En el documento de criterios de acreditación se establece también que los casos en los que las evaluaciones DOCENTIA disponibles no cubran todo el periodo evaluado, se podrá sumar la valoración de otras contribuciones previstas en los apartados siguientes (2.2.1 a 2.2.4), siempre que correspondan a períodos no evaluados mediante dicho programa. En desarrollo de esta previsión, se aclara que los informes DOCENTIA que no cubran todo el período evaluado serán valorados en proporción a los años cubiertos.
Accede al documento íntegro sobre el procedimiento de acreditación en el siguiente enlace:
Accede al documento íntegro con los criterios de evaluación para la acreditación en el siguiente enlace: