¿Está exento de cumplir el requisito de movilidad un/a profesor/a asociado/a que a fecha 12 de abril de 2023 ya tuviera la acreditación a PAD o a PCD de ANECA o de una agencia autonómica? Seguir
En el proceso de acreditación del profesorado universitario (programa ACADEMIA), sí. De acuerdo con el último inciso de la disposición transitoria quinta, apartado 3, Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Su contrato es temporal y tiene la acreditación exigida por la ley.
Accede al documento íntegro sobre el procedimiento de acreditación en el siguiente enlace:
Accede al documento íntegro con los criterios de evaluación para la acreditación en el siguiente enlace: