2. Criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia de los méritos y competencia de docencia Seguir
Se deberá acreditar una experiencia docente universitaria relevante y diversa, siempre en relación con los encargos docentes realizados por los departamentos y la extensión de la carrera académica, así como con una valoración positiva de su calidad. También se valorará la actividad en proyectos y actividades de innovación docente, cuyos resultados deben incluir los identificadores persistentes y enlaces a contenidos y recursos educativos abiertos que se estimen convenientes, y la tutorización docente tanto reglada como de carácter voluntario. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación, de apertura a la sociedad y de multidisciplinariedad o interdisciplinariedad de las contribuciones presentadas.
Las personas solicitantes que acrediten trayectorias de investigación excepcionales, por haber obtenido financiación del Consejo Europeo de Investigación (ERC) en sus programas Consolidator Grant, Advanced Grant o Synergy Grant (o en otras convocatorias competitivas individuales internacionales de prestigio y tasa de concesión comparables a los de estos programas) y hayan desarrollado su carrera principalmente en una universidad extranjera en la que el cómputo y los instrumentos de medición de la calidad de la actividad docente resulten difíciles de trasladar al sistema español, o bien en una institución no universitaria dedicada a la investigación, podrán obtener la acreditación justificando el encargo docente desempeñado, o bien actividades docentes de tutorización y dirección de trabajos de investigación, respectivamente.
En caso de adaptación del puesto de trabajo con reducción de las horas lectivas o modalización del cumplimiento de las obligaciones docentes debido a una situación transitoria de pérdida de capacidades o de protección de la maternidad si existe riesgo laboral o una situación reconocida de discapacidad, las exigencias de méritos docentes se modularán de acuerdo con la relevancia de la adaptación del puesto de trabajo acreditada.
2.1.EXPERIENCIA DOCENTE
2.1.1. Dedicación docente
- En el caso de PTU deberá acreditarse experiencia docente durante un mínimo de 4 años de dedicación a tiempo completo, o su equivalente a tiempo parcial, y, además:
- En el caso de figuras de contratados predoctorales y postdoctorales, incluyendo el periodo de orientación postdoctoral, un mínimo de 12 ECTS o 120 horas impartidas. El disfrute de un contrato postdoctoral se considerará dedicación a tiempo completo. El disfrute de una ayuda predoctoral que tenga asignada capacidad docente tutelada y se cubra totalmente se considerará en todos los casos dedicación a tiempo parcial.
- Para el resto de las figuras de profesorado, un mínimo de 24 ECTS o 240 horas impartidas.
En caso de que la experiencia docente se haya acumulado combinando distintas modalidades (esto es: predoctoral/postdoctoral y resto de figuras de profesorado), el mínimo de ECTS u horas se calculará proporcionalmente al periodo de tiempo de duración de cada una de las figuras contractuales disfrutadas.
En el caso de CU deberá acreditarse una experiencia docente mínima de 10 años de dedicación a tiempo completo, o su equivalente a tiempo parcial, y un mínimo de 140 ECTS impartidos o 1400 horas, incluyendo las horas realizadas en contratos predoctorales y postdoctorales.
En el caso de PTU, se podrá alcanzar el mínimo con la evaluación positiva de un quinquenio docente. En el caso de CU, se podrá alcanzar el mínimo con la evaluación positiva de dos quinquenios docentes.
Los contratos de profesorado asociado y los de profesorado sustituto interino se considerarán dedicación a tiempo completo cuando alcancen las 6 horas de clase semanal (180 horas de capacidad docente anual). El resto de los contratos de profesorado asociado y profesorado sustituto interino se considerará dedicación a tiempo parcial. Si la duración del contrato no es anual o por el curso académico completo, se contabilizará la parte proporcional.
Los contratos de profesorado tutor de la UNED (y de figuras similares sin responsabilidad docente plena) se considerarán dedicación a tiempo parcial.
En el caso de los contratos de profesorado vinculado (Ciencias de la Salud) cada 1,5 años de actividad clínica como especialista con compromiso docente con una universidad (colaborador clínico docente o figura similar) se considerará 1 año de dedicación a tiempo completo.
En la evaluación de los méritos de actividad docente realizada por las personas que se encuentren en alguna de las situaciones especiales, derivadas de permisos, excedencias o bajas, enumeradas en el apartado primero (Disposiciones generales) de la Resolución de la Directora de ANECA de 28 de febrero de 2024, se disminuirán las exigencias de méritos relativos a años de docencia y horas lectivas impartidas de manera proporcional a la duración de los períodos de permiso, excedencia o baja acreditados.
En todos los casos debe tratarse de docencia universitaria oficial (grado, postgrado o doctorado), o su equivalente en un sistema universitario extranjero.
2.1.2. Pluralidad, interdisciplinariedad y complejidad docente
Se valorará la complejidad de la docencia en función del número y diversidad de asignaturas impartidas, de la docencia en asignaturas de primer curso o en grupos numerosos (entendidos como aquellos que tienen una ratio alumnado/profesorado elevada con relación a la ratio media del área o la titulación), así como la impartición de docencia en distintos idiomas, o en centros o campus diferentes al de adscripción, entre otros factores.
Así, en los casos que queden suficientemente justificados, se elevará la puntuación obtenida en el apartado 2.1.1.
Además, en todos los casos y en aras de considerar la interdisciplinariedad, se valorará también la docencia que trascienda las áreas de conocimiento asignadas a la Comisión de acreditación que realice la evaluación.
2.1.3. Recursos educativos
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 2 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones.
Se valorarán preferentemente los materiales docentes y los recursos educativos que estén disponibles en acceso abierto y sin restricciones a través de repositorios institucionales, temáticos o generalistas y que estén protegidos por licencias de tipo Creative Commons. Se valorará también que hayan sido sometidos a evaluación (por ejemplo: OCW, EdX, Coursera...).
En este apartado también se podrán presentar manuales y libros de texto con finalidad docente publicados, en función del prestigio de la editorial, de las personas al cargo de la edición, de la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio, las reseñas recibidas, etc.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de cada contribución, en el caso de PTU, el manual de una asignatura publicado en abierto podrá ser valorado con 3 puntos (1,5 punto en el caso de CU) y con la mitad en caso de no estar en abierto.
2.1.4. Actividades de formación a lo largo de la vida
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 2 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones.
Se entienden como actividades de formación a lo largo de la vida toda actividad formativa impartida, ya sea con reconocimiento de créditos ECTS o no, en cualquier formato diferente a la formación oficial de Grado, Máster o Doctorado. Así, se incluyen, entre otros, la organización o impartición de cursos de verano, títulos propios, microcredenciales, cursos de formación, cursos masivos online (MOOCs u otras variantes impartidas desde la propia institución o a través de plataformas), aulas de mayores etc., ya estén destinados al estudiantado propio o al de empresas, asociaciones, colegios profesionales u otras instituciones.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la contribución, en el caso de PTU, una actividad formativa impartida de 10 ECTS podrá ser cuantificada con 1 punto (0,5 puntos en el caso de CU).
2.2.CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DOCENTE E INNOVACIÓN
Para garantizar la coherencia de los méritos, competencias y criterios utilizados en los diversos procedimientos de evaluación de ANECA (artículo 21.6 del RD 678/2023), la calidad y el grado de innovación de la docencia impartida podrá acreditarse con los resultados obtenidos en programas de evaluación de docencia certificados o en proceso de implantación conforme al Programa DOCENTIA (o programas análogos de las agencias que forman parte de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria, REACU). En ese caso, las personas solicitantes podrán elegir que la evaluación de este apartado sea realizada de forma global teniendo en cuenta lo siguiente para evaluaciones que abarquen al menos 4 años en el caso de PTU y 10 años en el caso de CU:
- Una calificación promedio de suficiente en el programa DOCENTIA corresponderá a una valoración de 15 puntos para el apartado 2.2.
- Una calificación promedio de excelente (siempre que la tasa de rechazo sea superior al 90% entre las personas participantes en cada convocatoria) será valorada con 40 puntos para el apartado 2.2.
- Las valoraciones para calificaciones intermedias se computarán de forma directamente proporcional.
En los casos en los que las evaluaciones DOCENTIA disponibles no cubran todo el periodo evaluado, se podrá sumar la valoración de otras contribuciones previstas en los apartados siguientes (2.2.1 a 2.2.4), siempre que correspondan a períodos no evaluados mediante dicho programa.
En caso de que la persona solicitante no disponga de evaluaciones en el Programa DOCENTIA será evaluada de acuerdo con lo establecido en cada uno de los siguientes apartados (2.2.1 a 2.2.4).
2.2.1. Calidad de la actividad docente
La calidad de la actividad docente se evaluará de acuerdo con un autoinforme (conforme al modelo proporcionado en el Anexo III) que permitirá mostrar evidencias de la misma con una explicación narrativa de aspectos a destacar y mejorar de las siguientes dimensiones: encargo docente, planificación de la docencia, desarrollo de la enseñanza y resultados de la enseñanza. Se podrán alegar, entre otras evidencias, el trabajo realizado en las asignaturas de nueva impartición o en aquellas en las que se incorporan innovaciones en el marco de la verificación, modificación o acreditación de títulos, la existencia de un sistema interno de garantía de la calidad certificado, la acreditación institucional del centro universitario de impartición, resultados de encuestas estadísticamente significativas, metodologías docentes evidenciables en recursos abiertos, etc.
2.2.2. Innovación en la actividad docente
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se podrá aportar la participación en proyectos de innovación docente o educativa y de diseño de nuevas titulaciones (grados, máster y doctorado) orientados a la mejora de la educación superior, ya sean de la propia institución o de otras. Igualmente, se podrá aportar la coordinación y participación en proyectos internacionales de innovación docente (por ejemplo, Erasmus+, o Capacity Building), proyectos de sostenibilidad, proyectos interdisciplinares e interuniversitarios relacionados con la docencia o proyectos de investigación de acción educativa en educación superior orientados a la mejora docente.
En todos los casos se valorará la calidad de las actividades desarrolladas y los avances logrados; por ejemplo, en función de la financiación obtenida, de las instituciones o grupos implicados, del impacto en el aula y en la mejora de la calidad del profesorado, la elaboración de materiales en abierto, la participación o movilidad del alumnado, la mejora de las guías docentes, o la elaboración de Trabajos Fin de Grado o Trabajos Fin de Máster asociados.
Como un indicio de innovación docente se valorarán también las estancias para impartir docencia en centros extranjeros o diferentes al de adscripción, las becas o ayudas de movilidad internacional para profesorado vinculadas con la docencia y otorgadas en convocatorias competitivas, y otros méritos relacionados con la movilidad del profesorado y vinculados con la docencia.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la participación durante un año en un proyecto Erasmus+ podrá ser valorada con 5 puntos.
2.2.3. Formación recibida para la mejora docente
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se valorará la participación en actividades formativas para la mejora docente en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia y resultados e impactos logrados. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: cursos, talleres o seminarios, sea en técnicas, herramientas o metodologías que enriquezcan la docencia de la persona solicitante. Se valorará particularmente la efectiva puesta en práctica posterior en la docencia reglada de los conceptos cubiertos por estas actividades de formación.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, los cursos de formación docente inicial obligatorios exigidos en el artículo 78(b) de la LOSU podrán ser valorados con 5 puntos para PTU.
2.2.4. Formación impartida para la mejora docente
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se valorará la impartición de actividades formativas para la mejora docente análogas a las descritas en el apartado anterior, en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia, y resultados e impactos logrados.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la impartición de 20 horas de formación podrá ser valorada con 3 puntos.
2.3.TUTORIZACIÓN DOCENTE
2.3.1. Tutorización reglada
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada, de acuerdo con el encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, sin ánimo de exhaustividad: dirección de Trabajos Fin de Grado, tutorización de estudiantes en prácticas externas curriculares y extracurriculares o en formación dual o alternancia, etc.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la dirección de un Trabajo Fin de Grado de 6ECTS podrá ser valorada con 1 punto para PTU y con 0,5 puntos para CU.
2.3.2. Otros tipos de tutorización (no incluidas en el encargo docente oficial)
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada fuera del encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: tutorización de alumnado interno, de becas de iniciación a la investigación o de colaboración, de figuras análogas de los planes propios de la universidad/institución, de personal médico interno residente, de alumnado de nuevo ingreso en la universidad en el marco de un plan de acción tutorial, de alumnado con discapacidad, de estudiantes en movilidad entrante o saliente del programa Erasmus u otros programas internacionales, de estudiantes de ciclos formativos de grado superior, etc.
A modo orientativo, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la tutorización de una beca de colaboración durante un curso podrá ser valorada con 4 puntos para PTU y 2 puntos para CU.
2.4. OTROS MÉRITOS
Podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
En esta sección se podrán presentar méritos de docencia, siempre que sean de naturaleza distinta a las de los apartados 2.1, 2.2 y 2.3.